Subsidio por desempleo para mayores de 52 años: cómo funciona, cuantía y duración

Dentro del programa de prestaciones que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), se encuentra el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, una ayuda pensada para las personas de esa franja de edad -con a priori mayores dificultades para acceder al mercado laboral- que hayan agotado la prestación o subsidio por desempleo.
Para solicitarlo, el SEPE recuerda que hay que cumplir una serie de requisitos como: estar en desempleo; no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua; tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio; haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo; sumar 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años; y haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.
Si el solicitante cumple los requisitos, debe saber que la duración del subsidio por desempleo para mayores de 52 años se prolongará el tiempo necesario hasta que se alcance la edad de jubilación, detalla el servicio público de empleo.
Cuantía del subsidio por desempleo para mayores de 52 años
Según explica el SEPE en su página web, la cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Y para este colectivo la cotización por jubilación es el 125% de la base mínima vigente en cada momento.
Esas cifras no han cambiado tras la aprobación y la puesta en marcha de la última reforma del subsidio por desempleo, en vigor desde el pasado mes de noviembre. A diferencia de otros, el subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM.
Este último indicador tampoco se ha actualizado, al menos, de momento. A falta de ver si finalmente se aprobarán unos Presupuestos Generales del Estado (PGE) y de si ahí se recogerá algún cambio, se mantiene en los 600 euros mensuales en 14 pagas, una cuantía completamente insuficiente para los sindicatos.
El pago del subsidio por desempleo para mayores de 52 años se realiza por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo, detalla el SEPE. Se efectuará, salvo dos excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que se indique, siempre que seas titular de la misma.
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