Renta 2024: estas son las deducciones y bonificaciones si vives en Catalunya

La llegada de la primavera es sinónimo de pasar cuentas con el fisco y preparar la declaración de la Renta 2024-2025, cuyo plazo ha dado comienzo este abril y se prolongará hasta junio. En este proceso, es muy importante tener en cuenta las deducciones y las bonificaciones, que varían según la comunidad autónoma y que abren la puerta a poder reducir la factura fiscal o aumentar la devolución.
En Catalunya, la campaña de la renta deja pocas novedades en las deducciones. Los márgenes que pueden utilizar los contribuyentes catalanes para reducir la factura fiscal se mantienen como uno de los menores en el conjunto de España.
Los contribuyentes que hayan tenido su residencia habitual en la comunidad catalana durante 2024 podrán hacer uso de 11 deducciones fiscales autonómicas, al margen de las que pueden aplicarse también a nivel estatal. Las más habituales pueden agruparse en dos bloques: circunstancias personales y familiares, y el pago de la vivienda habitual.
Circunstancias familiares y personales: hijos y viudedad
En Catalunya, por ejemplo, existen diferentes circunstancias por las que se permiten estas desgravaciones en la Renta. Por un lado, el nacimiento o adopción de un hijo o hija da derecho a una deducción de 150 euros en la declaración individual de cada progenitor, que se elevan a 300 euros en caso de que sea una declaración conjunta. Las familias monoparentales acceden a esta segunda cantidad, 300 euros.
También pueden beneficiarse de esta ventaja aquellos trabajadores que hayan quedado viudos en alguno de los últimos tres ejercicios (2022, 2023 y 2024). Acceden a una deducción de 150 euros con carácter general y de 300 euros si queda viuda con uno o más descendientes a su cargo. La deducción de 300 euros se puede aplicar en el año en el que se ha dado el fallecimiento y en los dos siguientes si se mantienen las condiciones.
El hecho de haber tenido más de un pagador durante 2024 es una razón para presentar la declaración del IRPF, pero permite también una deducción. El importe de la deducción es el resultado de restar, de la cuota íntegra autonómica, la cuota íntegra estatal, siempre que la diferencia sea positiva. Esta posibilidad solo se la pueden aplicar los contribuyentes que estén obligadas a presentar la declaración porque obtienen rendimientos íntegros del trabajo, de más de un pagador, por una cuantía comprendida entre 15.876 y 22.000 euros.
Pagos por vivienda habitual
La vivienda también es uno de los factores importantes a tener en cuenta. Ya sea por alquiler o rehabilitación de una vivienda habitual, los contribuyentes podrán presentar sus facturas para aplicar las deducciones correspondientes.
En el caso del alquiler, se da una deducción del 10% por arrendamiento de vivienda habitual. Se aplica si el contribuyente tiene 32 años o menos a 31 de diciembre del 2024, si ha estado en paro 183 días o más, si tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% o si es viudo o viuda mayor de 65 años. El límite máximo es de 300 euros anuales, que se elevan a 600 euros en caso de familias numerosas o monoparentales.
En el caso de rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual, el porcentaje de deducción es del 1,5 % de las cantidades satisfechas, las cuales no pueden superar 9.040 euros. Las obras se tienen que haber dado en el ejercicio a liquidar, es decir a lo largo del 2024.
Finalmente, se da un tramo autonómico por inversión en vivienda habitual, del 7,5% con carácter general o de hasta el 15% para acondicionar la vivienda a personas con discapacidad. La deducción llega al 9%, pero solo se aplica a personas que han adquirido su vivienda antes de julio del 2011 o que se aplicaran la deducción antes de esa fecha, con límites de edad y de renta.
Donativos, estudios, catalán, medio ambiente e inversiones sociales
Las donaciones también son desgravables siempre que vayan destinadas a entidades que fomenten la lengua catalana u occitana, la investigación científica y el desarrollo e innovación tecnológicos, y la preservación del medio ambiente y el patrimonio natural. El límite máximo de la deducción es el 10% de la cuota íntegra autonómica que toque.
A estos puntos hay que añadir otros conceptos que también son deducibles: el pago de intereses de préstamos para estudios de máster y/o doctorado, y la inversión para la adquisición de acciones o participaciones sociales.
En este segundo cado, los contribuyentes pueden deducirse el 40 % de las cantidades invertidas durante el ejercicio con un importe máximo de 12.000 euros. La deducción será del 50 % con un límite de 12.000 euros en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
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