Anulado el precinto de los chiringuitos del carnaval de Maspalomas de 2022: su promotor reclamará una indemnización

Chiringuitos instalados en el aparcamiento anexo al Centro Comercial Yumbo en los carnavales de 2022.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
25 de febrero de 2025 14:10 h

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Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, ya firme al no haber sido recurrida, ha anulado la resolución del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana que ordenó el precinto de los chiringuitos instalados en el aparcamiento del centro comercial Yumbo durante los carnavales celebrados en junio de 2022 en la localidad sureña.

La empresa Poppy Garden Terraza, promotora de la denominada Zona Chiringays, ha anunciado este martes que presentará una reclamación contra el Ayuntamiento para solicitar una indemnización por daños y perjuicios que, según su representante, Anibal Pinochet, podría rondar los 250.000 euros.

Esta empresa presentó una solicitud de espectáculo público el 19 de mayo de 2022 (los carnavales de ese año en Maspalomas se retrasaron a verano por la pandemia de Covid-19). Su intención era instalar en un aparcamiento anexo al Centro Comercial Yumbo “una zona de ocio con 15 chiringuitos, cinco foodtrucks, vallado, acondicionamiento del recinto, escenario, sonido, luces y una pantalla gigante, además de una completa programación de actuaciones musicales”.

La respuesta del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana no llegó hasta el 10 de junio, 22 días después. El entonces concejal de Urbanismo, Samuel Henríquez (Nueva Canarias), firmó el decreto que ordenaba “la inmediata suspensión” de la instalación de esos chiringuitos “en uso privativo” y su precinto, puesto que no estaban contemplados en el plan de seguridad ni en el ámbito de celebración de los carnavales organizados por el Ayuntamiento, que llegó a hablar de un “carnaval paralelo”.

Según explican los promotores, esa zona quedó cerrada durante los días principales de las fiestas. La empresa decidió entonces acudir a los tribunales, que le han terminado dando la razón.

En una sentencia dictada el pasado 23 de diciembre, el magistrado Francisco Javier Ramírez de Verger Vargas estima el recurso presentado por Poppy Garden Terrraza y declara nula esa resolución administrativa, con expresa imposición de costas (en una cuantía que no puede superar los 1.500 euros) al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

En esta sentencia (no recurrida por la administración), el juez incide en que el Ayuntamiento invocó una ley que no era de aplicación (la Ley del Suelo aprobada en 2017, en lugar de la Ley 7/2011 de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos) para ordenar el precinto.

Las medidas previstas en el artículo 363 de la Ley del Suelo están ligadas “a la protección del suelo y del medio ambiente” y a expedientes “de naturaleza netamente urbanística como el restablecimiento de la legalidad”. Cuestiones que no tienen que ver con el precinto de los chiringuitos ubicados en unos aparcamientos anexos a un centro comercial, explica la resolución.

La sentencia agrega que, incluso si se admitiera la aplicación de la Ley del Suelo a este caso, la decisión municipal tampoco estaba motivada ni justificada de forma debida. “La situación de especial urgencia fue provocada por la propia administración, toda vez que conocía desde el 19 de mayo de 2022 la solicitud de la recurrente y pudo, y debió, a tenor de los hechos aquí valorados, en todo caso, haber dado el trámite de audiencia, evitando así la indefensión de los recurrentes”, sostiene el juez.

La empresa había alegado que la administración tardó más de quince días (el plazo máximo) en responder a su solicitud y que, por tanto, había autorizado la instalación por silencio positivo. Sin embargo, la sentencia coincide en este punto con la administración en que ese plazo debe computar los días hábiles y no los naturales y que, por tanto, el 10 de junio de 2022, la fecha en la que se firmó el decreto, correspondía al decimoquinto día, al último.

Un precinto “exprés”

“Es nuestra intención que se repare el daño económico en primer lugar, pero es injusto que esta chapuza la paguen los ciudadanos del municipio”, ha señalado Anibal Pinochet, que ha anunciado su intención de reclamar “responsabilidades personales y económicas a Conchi Narváez (exalcaldesa de San Barolomé, del PSOE) y a Samuel Henríquez”.

La empresa mantiene que ambos “eran conocedores de la iniciativa de los chiringays” y que el entonces concejal de Urbanismo esperó hasta el primer día del carnaval, después de dos semanas de instalación “a la vista de todos”, para proceder a “un precinto exprés cuando todo estaba montado, el personal contratado, los artistas y las empresas contratadas, las neveras llenas de mercancía y la publicidad realizada”. “Hubo intención de generar un daño económico”, sostiene.

Pinochet ha explicado que desde la orden cursada a la Policía Local para que inspeccionara la zona (orden que derivó en un informe del comisario Isidro Armas) hasta que el concejal de Urbanismo firmó el decreto de precinto apenas transcurrieron cuatro horas. Y que en medio, en concreto dos horas antes de que el cierre fuera efectivo, el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana difundió una nota de prensa en la que informaba de esa decisión, lo que constituye, a juicio de esta empresa, otra muestra de “la intencionalidad” de la alcaldesa de ocasionarles “un perjuicio económico”, ya que la nota invitaba a la ciudadanía “a participar de los carnavales en otra zona de ocio”.

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