Seis empresas, llamadas a declarar en el caso de la muerte por electrocución de un trabajador en Ciudad Real en 2024

Fue el primer accidente laboral mortal de Castilla-La Mancha en 2024. Un hombre murió tras sufrir una electrocución mientras trabajaba en una subestación eléctrica en la localidad ciudadrealeña de Alcolea de Calatrava. Su compañero de trabajo resultó gravemente herido. La Guardia Civil se personó en el lugar para realizar el atestado, que se llevó al juzgado ciudadrealeño correspondiente. Pero nadie denunció y el proceso se archivó.
Las familias finalmente han presentado una denuncia judicial en un complejísimo caso que involucra a varias empresas, para intentar encontrar a un responsable en un proceso penal que se encuentra, por ahora, en la fase de instrucción. Entre las empresas que declararán en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Ciudad Real el próximo 8 de abril se encuentran ADIF, Elecnor y Red Eléctrica Española, la empresa Infraestructuras comunes Picón S.L. Otras empresas involucradas en el caso, como IPEJMA e Isotron, filial de Isastur, ya han declarado, según confirma el letrado encargado de la defensa de ambos trabajadores, Julio Baños Barrera.
El abogado, en declaraciones a elDiarioclm.es, explica que lo que se juzgará, cuando llegue el momento, será un presunto delito contra la salud y la seguridad de los trabajadores, que contempla la “falta de disposición de los medios necesarios para que los empleados realicen sus labores de manera segura”. El Código Penal establece para este tipo de delitos penas de prisión de seis meses a seis años y multas de hasta 12 meses.
Este medio se ha puesto en contacto con todas las empresas involucradas en el caso. Desde Red Eléctrica Española e Isastur han declinado hacer declaraciones, debido al procedimiento judicial en curso, mientras que de las restantes no se ha obtenido respuesta, de momento.
Los hechos del trágico accidente
En el atestado de la Guardia Civil se recogen estos hechos concretos: que en la subestación eléctrica de la localidad de Alcolea de Calatrava, en Ciudad Real, se halló el cuerpo de una persona junto a una torre de alta tensión el día 11 de enero de 2024 en terreno rural abierto. El cuerpo mostraba heridas en la zona lumbar.
Se activó también la actuación de la Inspección de Trabajo, que realizó un detallado informe en el que levantaban infracción contra las empresas IPEJMA S.L, ISOTRON e Infraestructuras Comunes Picón. El detallado informe de la Inspección de Rrabajo explica que el empleado estaba desarrollando sus labores en la obra de construcción en las inmediaciones de una subestación eléctrica. El trabajo en cuestión era el de pasar cables eléctricos y cables de fibra óptica por encima de los cables de alta tensión, propiedad de Red Eléctrica Española y ADIF.
En este documento se describe que los trabajadores acceden a la torre de alta tensión y reciben una descarga eléctrica, a causa de la que quedan inconscientes. Una de las víctimas del accidente fallece, mientras que la otra sufre graves quemaduras y se encuentra actualmente en situación de incapacidad temporal, tal y como confirma su defensa. Según la descripción del informe, son sus propios compañeros los que rescatan a los afectados y avisan al Servicio de Emergencias del 112 en Castilla-La Mancha.
“Mi cuerpo me quemaba desde los pies hasta la cabeza y al tocarme la cara sentí que no había quemadura, pero sí tenía todo el cuerpo adormecido”, describe el trabajador tras sentir el chispazo antes de poner siquiera “la cabeza de la tierra”. El relato del afectado apunta a que su compañero ya había fallecido cuando llegaron los equipos de rescate.
Entramado de subcontratas
El proyecto en concreto está promovido por Infraestructuras Comunes Picón S.L, y la ejecución de ISOTRÓN S.A, empresa que, a su vez, ha subcontratado a la empresa IPEJMA Servicios Eléctricos. Un complejo entramado de subcontrataciones que se analizan con gran detalle en el informe de la inspección laboral.
El letrado Baños esgrime que la razón del accidente fue que “no se cortó la electricidad de la catenaria correspondiente” del lugar en el que trabajaban en ese momento la víctima y su compañero, que resultó herido de gravedad.
La Inspección de Trabajo citó a las empresas IPEJMA SERVICIOS ELÉCTRICOS, ISOTRON, ELECNOR, ADIF y Red Eléctrica Española para explicar los hechos que llevaron al accidente mortal. Entre las conclusiones del informe “se constata una falta de concreción y determinación de cómo se realizaban los descargos, a iniciativa de quién y quién comunicaba el descargo de las líneas de ADIF al contratista, ISOTRON, a través de ELECNOR”.
Además, apunta a una serie de circunstancias que “contribuyen”, siempre según el informe, a que se produjese el accidente de trabajo. No solo la “falta de concreción y determinación”, sino también que no consta “en ningún documento de forma clara cómo se efectuaban” las comunicaciones que confirmaban la desconexión de las catenarias.
El mismo documento señala que “queda probado” que la línea de alta tensión donde se produjo el accidente “en ningún momento” estuvo en situación de descargo y que “no se verificó la ausencia de tensión antes de proceder a poner la línea en tierra y cortocircuito”.
Por tanto, la Inspección de Trabajo considera como posible causa del accidente el hecho de que no se ejecutase un “procedimiento de trabajo seguro y eficiente creando un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, al no haber garantizado que se cumpliera el proceso de cinco etapas establecido en el Real Decreto sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico”.
Indemnizaciones para los afectados
El objetivo, explica el letrado encargado de la defensa, Julio Baños, es conseguir una compensación justa para el trabajador afectado y para la familia de ambas víctimas del accidente laboral. El abogado resalta que “parece desprenderse con toda claridad del informe de la inspección la responsabilidad de las empresas en el siniestro”, pero aún no se ha concretado una indemnización.
De hecho, el letrado explica que el trabajador herido se encuentra en situación de incapacidad temporal para trabajar, pero se le ha concedido por enfermedad común y no por accidente laboral. Mientras, según Baños, el trabajador fallecido tenía tres hijos, que no han recibido su pensión de orfandad, a pesar de haber sido solicitada.
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