Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La exconsellera Pradas niega a la jueza que ejerciera el mando único de la DANA y se considera “cabeza de turco”

Salomé Pradas junto a Carlos Mazón.

Lucas Marco

València —
24 de marzo de 2025 16:22 h

127

La exconsellera Salomé Pradas se considera una “cabeza de turco”. Así lo afirma su letrado en un recurso de apelación contra el auto de la jueza de la DANA que la citó a declarar en la causa en condición de investigada. El escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, asegura que la pretensión de la magistrada es “poder atribuirle la responsabilidad penal” de los 228 fallecimientos “por su posición institucional” el pasado 29 de octubre.

Además, la defensa de la exconsellera de Carlos Mazón afirma que “no es verdad” que existiera un mando único en la respuesta a la emergencia, a pesar de que el Plan Especial de Inundaciones de la Generalitat Valenciana así lo determina claramente.

Por el contrario, la representación jurídica de Salomé Pradas alude a un “comité dual de dirección” de la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi), integrado por ella y por la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé.

El letrado de la investigada, Eduardo de Urbano, asegura que en la “selva normativa”, en referencia a la legislación sobre emergencias, en la que “aparecen ”incontables referencias“ a la ”necesidad de coordinación“.

El escrito asegura que “no existían protocolos aplicativos del sistema Es-Alert”, a pesar de que este diario publicó el protocolo oficial del Ministerio del Interior, de la alerta masiva a los móviles, que asigna a los centros de emergencias de las comunidades autónomas el envío del mensaje a la población.

El papel de los técnicos: “Son los primeros que deben informar”

La defensa de Pradas apunta directamente a los técnicos (aunque sin dar nombres), de los que dice que “son los primeros que deben informar, según sus conocimientos y experticia, de por qué ocurrió lo que ocurrió y qué informaciones dieron a los órganos institucionales encargados de la emergencia”.

El escrito concluye que no cabe “reproche penal” en relación con su actuación el pasado 29 de octubre y que la “respuesta idónea en términos jurídicos” debe darse en la jurisdicción contencioso-administrativa. 

En definitiva, la defensa de la exconsellera destaca un hecho, a su juicio, “indiscutible”: la DANA fue una “catástrofe natural de una magnitud impresionante que se desencadenó con una rapidez imparable”. Eso sí, el escrito apostilla que expresa su argumentario “desde el absoluto respeto por las víctimas de la DANA, sus familiares y damnificados”.

Etiquetas
stats