Renta 2024: Deducciones a las que tienen derecho las personas con discapacidad en la Declaración de la Renta este año

El proceso de la Declaración de la Renta 2024 trae consigo novedades y beneficios fiscales para las personas con discapacidad. Los contribuyentes con discapacidad tienen derecho a una serie de deducciones tanto a nivel estatal como autonómico, diseñadas para reducir su carga fiscal y tratar de fomentar la igualdad de oportunidades.
Estas deducciones buscan aliviar las cargas económicas que pueden afrontar las personas con discapacidad y sus familias, con medidas que varían según la comunidad autónoma.
En este contexto, es fundamental que los contribuyentes con discapacidad estén informados de las deducciones que pueden aplicar para optimizar su declaración. A nivel estatal, existen beneficios importantes relacionados con el grado de discapacidad, el cuidado de familiares o el acceso a determinados servicios.
No obstante, son las comunidades autónomas las que establecen deducciones adicionales que reflejan sus políticas fiscales y sociales particulares.
Deducciones generales por discapacidad
A nivel estatal, la normativa fiscal contempla diversas deducciones destinadas a las personas con discapacidad o a quienes tengan familiares a su cargo en esta situación. Entre las más relevantes se encuentran:
- Deducción por descendientes con discapacidad a cargo: los contribuyentes pueden aplicar una deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo con discapacidad que dependa económicamente de ellos.
- Deducción por ascendientes con discapacidad a cargo: se aplica el mismo importe de hasta 1.200 euros para aquellos contribuyentes que convivan con ascendientes con discapacidad que dependan económicamente de ellos.
- Deducción por cónyuge con discapacidad: si el contribuyente tiene un cónyuge con discapacidad a su cargo, puede beneficiarse de una deducción de hasta 1.200 euros, siempre que su pareja no tenga rentas superiores a 8.000 euros anuales y no presente declaración de la renta con ingresos superiores a 1.800 euros.
Para gestionar estas deducciones, la Agencia Tributaria dispone de los siguientes modelos:
- Modelo 121: para la comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración.
- Modelo 122: para la regularización del derecho a la deducción por familia numerosa, personas con discapacidad a cargo o ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial.
- Modelo 143: para solicitar el abono anticipado de la deducción por familia numerosa, ascendiente con dos hijos o personas con discapacidad a cargo.
Estas deducciones pueden solicitarse de forma anticipada, con un pago mensual de 100 euros, lo que permite un alivio económico durante el año fiscal en lugar de esperar a la presentación de la declaración.
Beneficios fiscales por discapacidad en cada CCAA
Además de las deducciones generales, cada comunidad autónoma ha establecido beneficios adicionales para las personas con discapacidad. Algunas de las deducciones más destacadas en las distintas regiones incluyen:
Andalucía
En Andalucía, se han implementado diversas deducciones fiscales para las personas con discapacidad y sus familias, como las siguientes:
- Por asistencia a personas con discapacidad: los contribuyentes pueden beneficiarse de una deducción de 100 euros por cada persona con discapacidad a cargo que otorgue derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes.
- Para contribuyentes con discapacidad: los contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% pueden deducirse 150 euros.
- Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad: se establece una deducción de 100 euros por cónyuge o pareja de hecho con discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no presenten declaración de la renta y cumplan con los requisitos de bases imponibles.
Aragón
En Aragón, las personas con discapacidad pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:
- Por el cuidado de personas dependientes: los contribuyentes pueden deducir en 150 euros por el cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente al menos durante la mitad del período impositivo.
- Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: se establece una deducción de 200 euros para aquellos que hayan tenido un hijo con discapacidad o hayan adoptado a un niño en esas condiciones.
Principado de Asturias
Asturias ofrece una deducción relacionada con la adecuación de la vivienda:
- Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad: se establece una deducción por los gastos realizados en la adecuación de la vivienda habitual para mejorar la accesibilidad y adaptarla a las necesidades de los contribuyentes con discapacidad.
Islas Baleares
Las personas con discapacidad en las Islas Baleares tienen derecho a deducciones relacionadas con su condición:
- Discapacidad física o sensorial: 88 euros para contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y menor al 65%.
- Discapacidad física o sensorial (grado igual o superior al 65%): 165 euros.
- Discapacidad psíquica (grado igual o superior al 33%): 165 euros.
Canarias
En Canarias, las deducciones incluyen las siguientes opciones:
- Contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: 360 euros por cada contribuyente con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y 144 euros por cada contribuyente mayor de 65 años.
- Por familiares dependientes con discapacidad: 600 euros por cada ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad: El 14 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo, por las obras e instalaciones de adecuación a la vivienda por razón de discapacidad.
Cantabria
En Cantabria, las deducciones incluyen opciones para el arrendamiento de vivienda y el cuidado de familiares:
- Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad: tributación individual de 300 euros anuales o tributación conjunta: 600 euros anuales (cuando al menos uno de los declarantes cumpla los requisitos).
- Por cuidado de familiares: 100 euros por cada uno de los siguientes familiares: descendiente menor de 3 años; ascendiente mayor de 70 años; ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Por descendiente menor de 3 años con discapacidad (igual o superior al 65%): 100 euros por cada uno, más 100 euros adicionales por discapacidad. Lo mismo aplica para los ascendientes con discapacidad.
Castilla-La Mancha
En Castilla-La Mancha, las deducciones por discapacidad incluyen:
- Por discapacidad del contribuyente: 300 euros para contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Por arrendamiento de vivienda habitual: 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento, con un límite de 450 euros.
- Por discapacidad de ascendientes o descendientes: 300 euros por cada uno con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, siempre que se apliquen los mínimos por discapacidad correspondientes.
- Por acogimiento no remunerado: 600 euros por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%, que viva con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación.
Castilla y León
En Castilla y León, los beneficios fiscales incluyen:
- Para contribuyentes afectados por discapacidad: 300 euros para contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y mayores de 65 años; 656 euros para contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y mayores de 65 años; 300 euros para contribuyentes menores de 65 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación para personas con discapacidad: 15% de las inversiones realizadas en rehabilitación de viviendas para mejorar la accesibilidad y eficiencia energética de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que la vivienda esté en Castilla y León y se destine a la residencia habitual de una persona con discapacidad
Cataluña
En Cataluña, las deducciones fiscales se centran en el alquiler de vivienda:
- Por alquiler de vivienda habitual: para personas con discapacidad (igual o superior al 65%): 10% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, con un límite máximo de 300 euros anuales.
- Para familias numerosas o monoparentales: 10% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, con un límite máximo de 600 euros anuales.
Extremadura
En Extremadura, la deducción está dirigida al cuidado de familiares con discapacidad:
- Por cuidado de familiares con discapacidad: 150 euros, con carácter general y 220 euros si el familiar tiene derecho reconocido a una ayuda a la dependencia, pero aún no la percibe.
Galicia
En Galicia, se establecen deducciones para las personas con discapacidad que precisan asistencia:
- Por contribuyentes con discapacidad, mayores de 65 años, que precisen ayuda de terceras personas: el 10% de las cantidades satisfechas por el contribuyente a terceros, con un límite máximo de 600 euros. La deducción es aplicable a personas con grado de discapacidad igual o superior al 65%, así como a aquellos en situación de dependencia severa o gran dependencia.
Comunidad de Madrid
En Madrid, las deducciones están dirigidas tanto al cuidado de hijos como a la acogida de mayores:
- Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad: 25% de las cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar, con un límite de 463,95 euros anuales o el 40% de las cotizaciones si el contribuyente es titular de una familia numerosa, con un límite de 618,60 euros anuales.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o personas con discapacidad: 1.546,50 euros por cada persona acogida, siempre que cumpla los requisitos establecidos: convivencia durante más de 183 días al año y sin ayudas de la Comunidad de Madrid.
Región de Murcia
En la Región de Murcia, las deducciones se destinan a los contribuyentes con discapacidad y al acogimiento:
- Para contribuyentes con discapacidad: 120 euros por cada contribuyente con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o personas con discapacidad: 600 euros por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad, que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación.
La Rioja
En La Rioja, la deducción se centra en la adaptación de la vivienda:
- Por obras de adecuación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad: 15% de las cantidades satisfechas en obras de adecuación de la vivienda habitual, siempre que la vivienda se encuentre en la Comunidad Autónoma de La Rioja y sea residencia habitual del contribuyente con discapacidad.
Comunitat Valenciana
En la Comunidad Valenciana, se ofrecen diversas deducciones para los contribuyentes con discapacidad:
- Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: 197 euros por cada contribuyente con discapacidad de edad igual o superior a 65 años.
- Por adquisición de vivienda habitual: 5% de las cantidades satisfechas para la adquisición de la vivienda habitual, con un límite en el caso de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, o discapacidad psíquica igual o superior al 33%.
- Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad: 246 euros por el único hijo con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33% o 303 euros cuando el hijo tenga un hermano con discapacidad similar.
- Por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad: 197 euros por cada ascendiente que tenga la consideración de persona con discapacidad o sea mayor de 75 años.
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